Por Mariana Madariaga
25 de octubre del 2010
La muerte de Borja López Ojeda, de 3 años, arriba del auto de su parvularia, y en las afueras del jardín infantil “Mandarino, en Huechuraba, sigue impactando. El relato de la educadora, quien asegura que “se olvidó del niño”, contrasta con las dudas del fiscal José Morales, quien asegura que las excusas de Eugenia Riffo Tapia son “poco creíble”. Incluso, los padres del menor creen que la parvularia lo habría sometido a un castigo.
Denisse Ojeda y Pablo López, los padres de Borja, están destrozados. A la parvularia la conocían desde marzo de este año y, debido a las referencias del jardín infantil, no dudaron en pedirle que transportara a su hijo. "No me pareció mal, porque eran las mismas tías. Mi hijo era el primero en subir al auto. Se suponía que eran 2 niños más", confesó ayer a TVN.
La tragedia se produjo el martes 19 de octubre. Tras quedar en libertad, la tarde del viernes, la parvularia se desahogó con Canal 13. Sus declaraciones incomodaron al abogado querellante Alfredo Morgado, quien aseguro que habían pequeñas diferencias entre el relato que la parvularia entregó ante la fiscalía y el que dio a conocer en televisión.
"Me llamaron del jardín que mi hijo estaba con convulsiones y que llamara a una ambulancia, pese a que el niño contaba con todos esos datos en su libreta de comunicaciones, la que estaba en su mochila", dijo Denisse Ojeda, la madre de Borja.
La familia López Ojeda no se conforma con el testimonio de la parvularia. Los padres del menor creen que la mujer miente y que la muerte del niño se trataría de alguna especie de castigo. Por lo mismo criticaron la versión que dio la mujer a Canal 13. "Llegué a buscarlo (a Borja), me bajé del auto, toqué el timbre, la nana abrió la puerta, salió corriendo, me tomó la carita y dio un besito, la nana me pasó la mochila, la dejé adentro del auto, porque él se iba en el alzador (...) Él iba reclamando por su juguete (...) Le puse el cinturón y luego pasamos a buscar a los otros niños. Íbamos cantando, llegamos al jardín”, contó la parvularia Eugenia Riffo a Teletrece.

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"Nos estacionamos, apagué el motor del auto, puse el freno de mano y el trabavolante. Después me bajé, bajé a los cuatro niños y el Borjita, que siempre estaba medio somnoliento, lo bajaba después porque iba en silla". Ése fue el instante clave. Pese a que retornó a su automóvil, tras ingresar a los menores, Riffo Tapia admite que continuó haciendo su rutina y olvidó a Borja en el vehículo.
"Cuando vuelvo al auto (cuatro horas después) llevaba las mochilas de los cuatro niños, abrí el portamaletas y veo que no estaba el alzador del Borja, me volví loca, abro la puerta y lo veo de lado (...) Aparecieron papás y tías del jardín. Pedí que lo salvaran, ofrecí mi vida", dijo ofreciendo disculpas a la familia.
“Lo lamento tanto. Pienso en su mamá que la conozco tanto (...) Sé que ella no podrá tomar más al Borjita (...) Voy a vivir con esto toda la vida. El dolor que siento es tan grande, pero sé que no se compara con el de sus papás", cerró.
Parvularia quedó en libertad
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la resolución de primera instancia que rechazó la prisión preventiva para Eugenia Elizabeth Riffo Tapia, imputada por la muerte de un menor de edad en un jardín infantil de Huechuraba, y determinó las medidas cautelares de arraigo nacional y firma quincenal.
En fallo unánime (rol 2316-2010) los ministros de la Octava sala del tribunal alzada Juan Eduardo Fuentes Belmar, Gloria Ana Chevesich y el abogado Antonio Barra ratificaron la decisión de la jueza del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago María Verónica Orozco, quién negó la solicitud de la Fiscalía y querellante, en orden de decretar la prisión preventiva para la parvularia.
“Vistos y oídos los intervinientes y teniendo además presente los propios antecedentes expuestos por éstos en la audiencia, especialmente en lo que se refiere a la dinámica y secuencia de los hechos, la conducta asumida por la imputada después de ocurridos estos, lo que unido a los antecedentes personales de ésta, que no merecen reproches, este Tribunal, en el actual estado de la investigación, es de opinión de compartir por ahora la calificación de los hechos efectuada por el Juez a quo, y, en consecuencia no concurriendo los presupuestos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal no corresponde decretar la medida cautelar personal más gravosa que contempla el Código Procesal Penal, como es la prisión preventiva”, dice la resolución. |